En un fallo que reconfigura la situación judicial de los involucrados en la causa Rainbowex, la Cámara de Apelaciones revocó el arresto domiciliario concedido a Alexis Pan, quien permanecerá en la Unidad Penal de San Nicolás hasta la celebración del juicio. Pan, hijastro del sindicalista papelero Gerardo Gelabert, había sido beneficiado con la posibilidad de cumplir la prisión preventiva en su domicilio por razones de salud. Los jueces consideraron que el beneficio no se ajusta a las circunstancias de Pan y que no existen elementos excepcionales que justifiquen su aplicación. El reclamo de la fiscala María del Valle Viviani fue clave en esta decisión, que podría sentar precedente para otros detenidos, entre ellos Maximiliano Braga y Luis Pardo, involucrados en la misma causa. El fallo puntualiza que las características psicológicas y emocionales señaladas por el perito médico —como sensibilidad emocional elevada, dependencia afectiva y tendencia a la introspección— no constituyen motivos suficientes para otorgar el arresto domiciliario. El perito recomendó tratamiento psiquiátrico y psicológico, indicando que este puede realizarse dentro de la Unidad Penal sin inconvenientes, o eventualmente bajo arresto extramuros. El Juzgado de Garantías había aceptado inicialmente la medida, argumentando que las condiciones de salud de Pan justificaban su detención en domicilio. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones determinó que la Unidad Penal cuenta con la infraestructura adecuada para garantizar su tratamiento, desestimando la necesidad del beneficio. En el caso de Braga, la Cámara deberá expedirse próximamente sobre el recurso presentado por la fiscala Viviani, tras haberle sido aprobado inicialmente el arresto domiciliario por el Juzgado de Garantías. Por su parte, Luis Pardo aún espera la resolución del Juzgado de primera instancia, luego de demoras en los informes psicológicos por situaciones familiares. Pan, Braga y Pardo son tres de los 14 sampedrinos imputados por liderar la estafa piramidal tipo esquema Ponzi que operaba bajo la plataforma Rainbowex. Según la investigación, “La China” no contaba con trading ni operaciones reales de criptomonedas, sino que funcionaba como una simulación virtual que mantuvo engañados a los inversores. La decisión de la Cámara de Apelaciones refuerza el mensaje de que los beneficios de arresto domiciliario deben ser aplicados bajo criterios estrictos y ponderando la gravedad del delito, en este caso estafas reiteradas que afectaron a numerosos ciudadanos. Redacción de Diario NORTE HOY Opinión pública: La medida generó reacciones encontradas: algunos consideran que refuerza la credibilidad del sistema judicial frente a delitos financieros complejos, mientras que otros sostienen que la atención a la salud mental debería ser prioritaria incluso en prisión. La repercusión mediática del caso Rainbowex evidencia la creciente preocupación por la seguridad de las inversiones en plataformas virtuales.